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RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2018, del Director General de Personal y Formación del Profesorado, por la que se reconoce como actividad de formación permanente del profesorado el título de "Experto Universitario en Educación en Territorios Rurales".

Publicado el 06/07/2018 (Nº 130)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El articulo 34 de la Orden de 18 de mayo de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado, establece que la Dirección General competente en formación permanente del profesorado podrá reconocer, con carácter excepcional, actividades formativas realizadas por entidades colaboradoras que, ajustándose al desarrollo de la previsto en la citada orden, no hayan suscrito convenio ni presentado solicitud en la convocatoria de entidades, cuando se justifique que no existe actividad similar y esté dirigida por mismo perfil de interesados entre las ofertadas para el mismo curso escolar por la Administración o por las entidades colaboradoras.

Con fecha 8 de junio de 2018 se presenta por parte de la Universidad de Zaragoza la solicitud de reconocimiento como actividad de formación permanente del profesorado el título de "Experto Universitario en Educación en Territorios Rurales", para el curso 2018-2019.

Evaluado el plan formativo por parte de la Comisión Autonómica de Valoración de actividades y comprobado que el Programa reúne los requisitos del artículo 12 de la citada orden y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Reconocer con 100 horas de formación al profesorado que obtenga el título de "Experto Universitario en Educación en Territorios Rurales", durante el curso 2018-2019, organizado por la Universidad de Zaragoza.

Segundo.- Los responsables de la Universidad de Zaragoza, encargados de la evaluación y seguimiento del citado título, deben enviar al Servicio de Formación del Profesorado, en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del curso, la relación de personas que ha obtenido el mismo.

Tercero.- Se procederá posteriormente a los trámites de inscripción en el Registro de Formación del Profesorado y a la emisión de las pertinentes certificaciones.

Cuarto.- Publicar la presente resolución en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y en el "Boletín Oficial de Aragón".

Quinto.- Esta resolución tendrá efecto desde el día siguiente de su publicación en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 22 de junio de 2018.

El Director General de Personal y Formación del Profesorado, TOMÁS GUAJARDO CUERVO